Redemptionis Sacramentum Sobre algunas cosas que se deben observar o evitar a cerca de la Santísima Eucaristía



 INSTRUCCIÓN.


Redemptionis Sacramentum
Sobre algunas cosas que se deben observar o evitar
a cerca de la Santísima Eucaristía
[21.] En efecto, «al Obispo diocesano, en la Iglesia a él confiada y dentro de los límites de su competencia, le corresponde dar normas obligatorias para todos, sobre materia litúrgica».45 Sin embargo, el Obispo debe tener siempre presente que no se quite la libertad prevista en las normas de los libros litúrgicos,
adaptando la celebración, de modo inteligente, sea a la iglesia, sea al grupo de fieles, sea a las circunstancias pastorales, para que todo el rito sagrado universal esté verdaderamente acomodado al carácter de los fieles.46
[22.] El Obispo rige la Iglesia particular que le ha sido encomendada 47 y a él corresponde regular, dirigir, estimular y algunas veces también reprender48, cumpliendo el ministerio sagrado que ha recibido por la ordenación episcopal,49 para edificar su grey en la verdad y en la santidad.50 Explique el auténtico sentido de los ritos y de los textos litúrgicos y eduque en el espíritu de la sagrada Liturgia a los presbíteros, diáconos y
fieles laicos,51 para que todos sean conducidos a una celebración activa y fructuosa de la Eucaristía,52 y cuide igualmente para que todo el cuerpo de la Iglesia, con el mismo espíritu, en la unidad de la caridad, pueda progresar en la diócesis, en la nación, en el mundo.53
[23.] Los fieles «deben estar unidos a su Obispo como la Iglesia a Jesucristo, y como Jesucristo al Padre, para que todas las cosas se armonicen en la unidad y crezcan para gloria de Dios».54 Todos, incluso los miembros de los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, y todas las asociaciones
o movimientos eclesiales de cualquier genero, están sometidos a la autoridad del Obispo diocesano en todo lo que se refiere a la liturgia,55 salvo las legítimas concesiones del derecho. Por lo tanto, compete al Obispo diocesano el derecho y el deber de visitar y vigilar la liturgia en las iglesias y oratorios situados en su
territorio, también aquellos que sean fundados o dirigidos por los citados institutos religiosos, si los fieles acuden a ellos de forma habitual.56
[24.] El pueblo cristiano, por su parte, tiene derecho a que el Obispo diocesano vigile para que no se introduzcan abusos en la disciplina eclesiástica, especialmente en el ministerio de la palabra, en la celebración de los sacramentos y sacramentales, en el culto a Dios y a los santos.57
[25.] Las comisiones, consejos o comités, instituidos por el Obispo, para que contribuyan a «promover la acción litúrgica, la música y el arte sacro en su diócesis», deben actuar según el juicio y normas del Obispo, bajo su autoridad y contando con su confirmación; así cumplirán su tarea adecuadamente58 y se mantendrá en la diócesis el gobierno efectivo del Obispo. De estos organismos, de otros institutos y de cualquier otra iniciativa en materia litúrgica, después de cierto tiempo, resulta urgente que los Obispos indaguen si hasta el momento ha sido fructuosa59 su actividad, y valoren atentamente cuáles correcciones o mejoras se deben introducir en su estructura y en su actividad,60 para que encuentren nueva vitalidad. Se tenga siempre presente que los expertos deben ser elegidos entre aquellos que sean firmes en la fe católica y
verdaderamente preparados en las disciplinas teológicas y culturales.
2. LA CONFERENCIA DE OBISPOS
[26.] Esto vale también para las comisiones de la misma materia, que, vivamente deseadas por el Concilio,61 son instituidas por la Conferencia de Obispos y de la cual es necesario que sean miembros los Obispos, distinguiéndose con claridad de los ayudantes peritos. Cuando el número de los miembros de la
Conferencia de Obispos no sea suficiente para que se elijan de entre ellos, sin dificultad, y se instituya la comisión litúrgica, nómbrese un consejo o grupo de expertos que, en cuanto sea posible y siempre bajo la presidencia de un Obispo, desempeñen estas tareas; evitando, sin embargo, el nombre de «comisión
litúrgica».

CONTINUARÁ...

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Amén. El término amén, lejos de corresponder siempre exactamente a la traducción actual de “Así sea ¡” que expresa un mero deseo, pero no una certeza, significa, ante todo: Ciertamente, verdaderamente, seguramente o sencillamente: Sí. En efecto, este adverbio deriva de una raíz hebraica que implica firmeza, solidez, seguridad (cfr. Fe). Decir amén es proclamar que se tiene por verdadero lo que se acaba de decir, con miras a ratificar una proposición o a unirse a una plegaria. 1. Compromiso y aclamación. El amén que confirma un dicho puede tener un sentido débil, como cuando decimos “Sea” (Jer 28,6). Pero las más de las veces es una palabra que compromete: con ella muestra uno su conformidad con alguien (1Re 1,36) o acepta una misión (Jer 11,5), asume la responsabilidad de un juramento y del juicio de Dios que le va a seguir (Núm. 5,22). Todavía más solemne es el compromiso colectivo asumido en el momento de la renovación litúrgica de la alianza (Dt 27,15-26; Neh 5,13). En la liturgia puede este término adquirir también otro valor; si uno se compromete frente a Dios, es que tiene confianza en su palabra y se remite a su poder y a su bondad; esta adhesión total es al mismo tiempo “bendición de aquel al que uno se somete (Neh 8,6); es una oración segura de ser escuchada (Tob 8,8; Jdt 15,10). El amén es entonces una aclamación litúrgica, y y en este concepto tiene su puesto después de las doxologías (1 Cr 16,36); en el NT tiene con frecuencia este sentido (Rom 1,25; Gal 1,5;2 Pe 3,18; Heb 13,21). Siendo una aclamación por la que la asamblea se une al que ora en su nombre, el amén supone que para adherirse a las palabras oídas se comprende su sentido (1 Cor 14,16). Finalmente, el amén, como adhesión y aclamación, concluye los cánticos de los elegidos, en la liturgia del cielo (Ap 5,14; 19,4), donde se une al aleluya.

CUANDO UNA PERSONA SE HA IDO. VÍSPERAS DE TODOS LOS SANTOS. NO LLORES SI ME AMAS. No llores si me amas... Si conocieras el don de Dios y lo que es el cielo... Si pudieras oír el cántico de los ángeles y verme en medio de ellos... si por un instante pudieras contemplar como yo la belleza ante la cual las bellezas palidecen... Créeme. Cuando llegue el día que Dios ha fijado y conoce, y tu alma venga a este cielo en el que te ha precedido la mía... ese día volverás a verme. sentirás que te sigo amando, que te amé, y encontrarás mi corazón con todas sus ternuras purificadas. volverás a verme en transfiguración, en éxtasis feliz. Ya no esperando la muerte, sino avanzando contigo, que te llevaré de la mano por los senderos nuevos de luz y de vida. Enjuga tu llanto y no llores si me amas. (San Agustín)

LA FELICIDAD DE JESÚS. José Antonio Pagola

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